Por el RD 1627/1997 es necesario designar un coordinador de Seguridad y Salud para coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad y comprobar que los contratistas, subcontratistas y autónomosaplican la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
En este post vamos a describir las tareas que tienen:
- Aprobar los planes de Seguridad y Salud
- Organizar la coordinación de actividades empresariales de acuerdo con la Ley de Prevención.
- Adoptar lo necesario para que solo las personas autorizadas puedan entrar a la obra.
- Remitir a la Inspección de Trabajo copia de cada anotación del Libro de Incidencias.
- Advertir a los contratistas de los incumplimientos en materia de Seguridad y Salud, paralizando la obra si fuera necesario.