Seguridad y salud en obras: qué debemos tener en cuenta

Te explicamos todo lo que debes tener en cuenta en lo que respecta a la Seguridad y Salud en Obras.

¿Cuándo se realiza un estudio de Seguridad o uno Básico?

El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes:

  • Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.000 €.
  • Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
  • Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500 €.
  • Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
  • En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud.
¿Qué es el Plan de Seguridad y Salud?

Es la aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico de cada contratista, que elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico.

Coordinador de Seguridad y Salud en Obras

Ofrecemos a nuestros clientes dotar de coordinadores de seguridad y salud en obras con amplia experiencia en grandes obras de distinta tipología, debidamente colegiados en sus respectivos Colegios Profesionales, tanto en fase de proyecto como de ejecución realizando los Estudios de Seguridad y Salud.

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