Qué se considera obra de construcción

En el Blog anterior sobre construcción, hablamos de Obras de Construcción como si todos tuviéramos la necesidad de  saber qué se considera Obra de Construcción.

Hay que tener en cuenta las siguientes definiciones:

A efectos del RD 1627/97, se entenderá por: Obra de construcción u obra: cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil, siempre que las mismas estén referidas a trabajos intrínsecamente asociados a actividades de construcción (edificación e ingeniería civil) y se ejecuten con tecnologías propias de este tipo de industrias.

Ya lo tenemos más o menos claro, podríamos considerar como Obra de Construcción, cualquier trabajo que se efectúe en mi vivienda en el que se realicen trabajos directamente asociados a actividades de construcción.

Claro, pero yo lo que me planteo es “los trabajos  que yo quiero hacer en mi casa como se podrían calificar”

Pero avanzando más en esta cuestión, podríamos pensar  “las obras que yo quiero realizar son simplemente de modificación o reforma de acabados e instalaciones interiores (pinturas, solados, alicatados, cambio de instalaciones …)” éstas podrían considerarse como obras de conservación. ¿Son tan serias estas obras a efectos legales?

En efecto, sí, todo lo que queremos hacer para modificar, mantener o reformar en nuestra vivienda, se considera Obra de Construcción y las leyes que las regulan son las mismas, tanto si voy a pintar un cuarto de baño como si van a construir una torre de 100 metros de altura.

De hecho y como curiosidad, el montaje de un escenario para un concierto, o de algunas atracciones de feria es considerado como una obra de construcción.

Aplicado a la pequeña reforma que quiero hacer en casa, al final todo esto se resume en que si pasa algo en una obra en mi casa, tengo una responsabilidad y el no conocer las leyes no exime del delito, así que más vale hacer las cosas bien, contratar un coordinador de obra cuando haga falta, contratar un seguro de responsabilidad civil, y asegurarnos de que las empresas que entran a trabajar lo tengan todo en regla.

Saludos y hasta la próxima entrega sobre construcción.

¿Te ha gustado el post? ¡Compártelo!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *